1. Introducción
El presente documento describe el programa contra el blanqueo de capitales (AML, Anti-Money Laundering) y de identificación de clientes (KYC, Know Your Customer) aplicado por la plataforma Pin-Up Casino, operada en exclusiva por Carletta N.V. desde Curazao. La política forma parte integrante del marco contractual junto con los Términos y Condiciones, la Política de Privacidad y la Política de Cookies publicadas en este mismo sitio web (scentroid.cl).
Al acceder, utilizar o registrarte en la plataforma, manifiestas haber leído y aceptado este documento. Cualquier modificación posterior se publicará en esta misma URL y entrará en vigor desde su publicación. Te recomendamos revisar periódicamente esta sección, especialmente antes de realizar depósitos o retiros de importes elevados.
La verificación de identidad se aplica en cuatro fases secuenciales: alta de cuenta, primer depósito, primer retiro y verificación reforzada para operaciones por encima de los umbrales definidos por la regulación. El objetivo del proceso es triple: proteger al titular contra suplantación, evitar el uso fraudulento de medios de pago de terceros y cumplir las obligaciones que la licencia de Curazao impone al operador en materia de prevención del blanqueo y la financiación del terrorismo.
2. Definición de blanqueo de capitales
Se entiende por blanqueo de capitales:
- La conversión o transferencia de bienes (especialmente dinero) a sabiendas de que proceden de actividad delictiva, con el fin de ocultar o disimular el origen ilícito de dichos bienes o de ayudar a personas implicadas a eludir las consecuencias legales.
- La ocultación o disimulación de la naturaleza, origen, ubicación, disposición, movimiento o titularidad reales de bienes que proceden de actividad delictiva.
- La adquisición, posesión o uso de bienes sabiendo, en el momento de recibirlos, que proceden de actividad delictiva.
- La participación, asociación, tentativa, complicidad y asesoramiento en cualquiera de las acciones anteriores.
Se considera blanqueo aun cuando las actividades generadoras de los bienes se hubieran realizado en otro país.
3. Cumplimiento normativo
El programa AML / KYC de Pin-Up Casino cumple con:
- Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales.
- Reglamento (UE) 2015/847 relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos.
- Regulaciones de la UE que imponen sanciones o medidas restrictivas contra personas o embargos sobre determinados bienes y tecnologías, incluidos los productos de doble uso.
- Ordenanza Nacional sobre Identificación al Prestar Servicios (Curazao N.G. 2017, n.º 92).
- Ordenanza Nacional sobre Notificación de Transacciones Inusuales (Curazao N.G. 2017, n.º 99).
- Ordenanza Nacional de Sanciones (Curazao N.G. 2014, n.º 55).
4. Organización del programa AML / KYC
Conforme a la legislación AML, Pin-Up Casino ha designado al "nivel más alto" para la prevención del blanqueo: la dirección plena de Carletta N.V. es la responsable.
Adicionalmente, un AMLCO (Anti Money Laundering Compliance Officer) se encarga de la aplicación de la política y los procedimientos dentro del Sistema. El AMLCO está bajo la responsabilidad directa de la Dirección General. Cada cambio significativo en la política AML está sujeto a aprobación por la Dirección General y el AMLCO.
5. Información que recopilamos
Recopilamos toda la información y documentos por las siguientes razones:
Identificación y verificación del cliente
Garantizamos identificar con precisión a cada jugador y verificar su identidad mediante documentos, datos o información de fuentes fiables e independientes.
Identificación del titular real
Identificamos al titular real y adoptamos medidas razonables para verificar su identidad, especialmente en casos que involucran entidades legales.
Comprensión de la relación comercial
Buscamos una comprensión clara del propósito y la naturaleza prevista de cada relación comercial para adaptar nuestros servicios y cumplir requisitos regulatorios.
Diligencia continuada y monitorización
Realizamos diligencia debida continuada y escrutamos las transacciones a lo largo de toda la relación, verificando, cuando es necesario, la fuente de fondos.
6. Datos requeridos al usuario
Para verificar tu identidad podemos solicitar:
- Nombre y apellidos
- Dirección residencial permanente
- Fecha de nacimiento
- Lugar de nacimiento
- Nacionalidad
- Número de identificación
- Documento de identidad vigente emitido por el gobierno con fotografía (pasaporte, DNI)
- Si tu documento no permite verificar la dirección, podemos solicitar otros documentos como extracto bancario, factura de servicios, carta de autoridad pública o contrato de alquiler de los últimos seis meses
También podemos contactarte por carta, email o teléfono para verificar la información proporcionada. Podemos enviar un código de verificación al correo electrónico para confirmar que la dirección es actual y genuina.
7. Diligencia debida reforzada
Aplicamos diligencia debida reforzada en los siguientes casos:
- Residentes en zonas geográficas de mayor riesgo
- Personas Políticamente Expuestas (PEPs)
- Transacciones que pudieran favorecer el anonimato
- Transacciones por importe igual o superior a 2.000.000 CLP
- Sospechas de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
- Dudas sobre la veracidad o adecuación de los datos previamente obtenidos
En estos casos podemos solicitar información adicional sobre ocupación, dirección anterior, fuente de fondos o riqueza (ahorros personales, empleo, pensiones, venta de acciones y dividendos, ventas inmobiliarias, ganancias de juego, herencias y regalos, indemnizaciones legales) y razones de las transacciones previstas.
8. Verificación documental
Como parte del proceso podemos solicitar:
- Copia de tu pasaporte, DNI o permiso de conducir
- Una segunda fotografía con la cara del titular (puedes ocultar todos los datos excepto fecha de nacimiento, nacionalidad, género, nombre, apellido, lugar de nacimiento y foto)
- Las cuatro esquinas del documento deben ser visibles en la misma imagen
- Todos los detalles deben ser claramente legibles
Realizamos verificaciones adicionales en función de la situación cuando sea necesario.
9. Países de mayor riesgo
Aplicamos especial atención a transacciones procedentes de:
- Países de la lista FATF de Jurisdicciones de Alto Riesgo sujetas a Acción
- Países de la lista FATF de Jurisdicciones Sujetas a Mayor Supervisión
- Países de la Declaración Pública del CFATF
- Países identificados como Jurisdicciones de Preocupación en el Informe Internacional de Estrategia de Control de Narcóticos del Departamento de Estado de EE. UU.
- Países de la lista de la Comisión Europea con deficiencias estratégicas en AML/CFT
- Países sancionados por la OFAC
- Países identificados como apoyo a actividades terroristas
- Países del Índice de Percepción de la Corrupción de Transparency International
10. Reporte de actividades sospechosas
El AMLCO decidirá, conforme a las obligaciones legales aplicables, si es necesario emitir un informe a la Unidad de Inteligencia Financiera (FIU) y si procede terminar la relación comercial con el cliente.
Como cumplimiento, mantenemos:
- Programa obligatorio de formación AML conforme a la última evolución regulatoria para todo el personal en contacto con finanzas
- Sesiones académicas de formación AML para todos los nuevos empleados
11. Contacto
Para cualquier consulta sobre esta política AML / KYC, contacta a compliance@scentroid.cl o a través del chat en vivo disponible 24/7.